Renta 2026: estos son los topes y fechas clave ante la DIAN

Renta 2026: estos son los topes y fechas clave ante la DIAN

La declaración de renta 2026 comienza este 12 de agosto para las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT sean 01 y 02. La DIAN estableció seis condiciones que pueden generar la obligación de declarar y el calendario se extenderá hasta el 26 de octubre. Declaración de renta 2026 comienza este 12 de agosto

La declaración de renta 2026 comienza este 12 de agosto para las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT sean 01 y 02. La DIAN estableció seis condiciones que pueden generar la obligación de declarar y el calendario se extenderá hasta el 26 de octubre.

Declaración de renta 2026 comienza este 12 de agosto

Los contribuyentes colombianos que estén obligados a presentar la declaración de renta 2026 deberán comenzar a revisar desde ahora su fecha límite. El calendario establecido por la DIAN inicia este miércoles 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT.

La entidad estima que cerca de 7 millones de personas naturales deberán presentar la declaración correspondiente al año gravable 2025. El proceso podría representar un recaudo cercano a los $6,1 billones para el Estado.

Para los contribuyentes de Medellín, Antioquia y el resto del país, la recomendación es no esperar hasta el último día. La fecha asignada es el límite para cumplir con la obligación y presentar la declaración después de ese plazo puede generar sanciones e intereses.

¿Quiénes deben declarar renta en 2026?

Uno de los principales interrogantes de los contribuyentes es saber si realmente están obligados a presentar la declaración de renta.

La DIAN establece seis condiciones. Basta con cumplir una sola de ellas para quedar obligado a declarar, siempre teniendo en cuenta la información correspondiente al año gravable 2025.

Los principales topes son:

  • Tener un patrimonio bruto superior a $224.096.000 al 31 de diciembre de 2025, equivalente a 4.500 UVT.
  • Haber registrado ingresos brutos iguales o superiores a $69.719.000 durante 2025.
  • Haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $69.719.000.
  • Haber efectuado compras y consumos por más de $69.719.000.
  • Haber acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a $69.719.000.
  • Haber sido responsable del impuesto sobre las ventas, IVA, al 31 de diciembre de 2025.

La UVT utilizada para estos cálculos es la correspondiente a 2025, fijada en $49.799.

Renta 2026: fechas para los primeros contribuyentes

El calendario comienza el 12 de agosto con las personas naturales cuyos dos últimos dígitos del NIT sean 01 y 02.

Durante agosto, las fechas son:

  • 01 y 02: 12 de agosto.
  • 03 y 04: 13 de agosto.
  • 05 y 06: 14 de agosto.
  • 07 y 08: 18 de agosto.
  • 09 y 10: 19 de agosto.
  • 11 y 12: 20 de agosto.
  • 13 y 14: 21 de agosto.
  • 15 y 16: 24 de agosto.
  • 17 y 18: 25 de agosto.
  • 19 y 20: 26 de agosto.
  • 21 y 22: 27 de agosto.
  • 23 y 24: 28 de agosto.
  • 25 y 26: 31 de agosto.

En septiembre continuará el calendario para los NIT terminados entre 27 y 66, mientras que en octubre será el turno de las terminaciones entre 67 y 00.

El último vencimiento será el 26 de octubre, correspondiente a los NIT terminados en 99 y 00.

En septiembre continuará el calendario para los NIT terminados entre 27 y 66, mientras que en octubre será el turno de las terminaciones entre 67 y 00.

El último vencimiento será el 26 de octubre, correspondiente a los NIT terminados en 99 y 00.

La DIAN recomienda no dejar el trámite para última hora

La entidad tributaria recomienda realizar el proceso con anticipación para evitar inconvenientes técnicos o retrasos durante los días de mayor demanda.

Los contribuyentes también cuentan con la herramienta Ayuda Renta, diseñada para facilitar la elaboración de un borrador antes de realizar la presentación oficial.

Para quienes viven en Medellín y el Valle de Aburrá, la recomendación es revisar desde ahora los dos últimos dígitos del NIT y confirmar si se cumple alguno de los seis requisitos.

No todas las personas que reciben ingresos están necesariamente obligadas a declarar, pero tampoco se debe asumir que no existe obligación simplemente porque el contribuyente no tenga un salario elevado.

¿Qué pasa si se vence la fecha para declarar?

No cumplir con la fecha establecida por la DIAN puede generar consecuencias económicas.

La sanción por extemporaneidad está contemplada en el artículo 641 del Estatuto Tributario y corresponde al 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con un límite máximo del 100 % del impuesto. También pueden generarse intereses de mora cuando existan valores pendientes de pago.

Por esta razón, conocer la fecha asignada por el NIT es uno de los primeros pasos para evitar costos adicionales.

La declaración de renta 2026 corresponde a la información económica del año gravable 2025 y el calendario oficial comenzará este 12 de agosto.

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Jhon Matiz
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